lunes, 27 de junio de 2011

JUNTA ELECTORAL. RESOLUCION Nº 2 LISTA "ROJA Y BLANCA"

JUNTA ELECTORAL
ALIANZA UNION PARA EL DESARROLLO SOCIAL


RESOLUCION Nº 2 Corrientes, 27 de junio de 2011, 18:00 horas.-

VISTO:
Los autos: “LISTA ROJA Y BLANCA S/ PEDIDO DE OFICIALIZACION DE PRECANDIDATOS A DIPUTADOS NACIONALES POR LA ALIANZA UNION PARA EL DESARROLLO SOCIAL PARA LAS ELECCIONES PRIMARIAS ABIERTAS SIMULTANEAS Y OBLIGATORIAS DEL 14 DE AGOSTO DE 2011.”, (Expte. Nº 01/2001 JUNTA ELECTORAL UDESO)

Y CONSIDERANDO:
Que la referida lista de precandidatos ha sido presentada en tiempo y forma ante esta Junta Electoral, de acuerdo al plazo estipulado en el cronograma electoral.
Que según el examen practicado por esta Junta, sus integrantes reúnen los requisitos establecidos por la Constitución Nacional, la Ley de los Partidos Políticos, la Ley 26.571, el Código Electoral Nacional, la Ley 24.012 y por el Reglamento Electoral de la Alianza.
Que, asimismo, todos los candidatos propuestos -bajo la fé de sus respectivos juramentos han DECLARADO reunir las condiciones legales y constitucionales para las candidaturas que han aceptado y NO encontrarse incursos en ninguna de las causales de inhabilitación previstas en el artículo 3 del Código Electoral Nacional ni en las del art. 33 de la Ley Orgánica de Partidos Políticos. Asimismo en igual carácter de declaración jurada, han manifestado su compromiso de respetar la plataforma electoral de la lista por la que se postulan. Que, además, esta Junta ha cumplido con la carga de solicitar al registro Nacional de Reincidencia los certificados de antecedentes penales correspondientes de los precandidatos, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 7 del Decreto (PEN) Nº 443/2011.
Que, por su parte, el Juzgado Federal, a través de la Secretaría Electoral a cargo del Dr. Carlos Rauch, en cumplimiento de lo previsto por el artículo 27 de la Ley 26.571, ha expedido la información necesaria respecto de los precandidatos postulados, la cual verifica el cumplimiento de las condiciones requeridas para el cargo que se postulan.
Que además esta Junta Electoral en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto PEN Nº 443/2011, verifico los avales presentados. De dicha verificación surge que los avales han sido presentados en debida forma, en los modelos de planillas y aplicativos informáticos específicos establecidos por la Cámara Nacional Electoral en un total de 4305, cifra que supera holgadamente la cantidad de avalistas requeridos para las precandidaturas a diputados nacionales que exige el artículo 21º de la Ley 26.571.
Que conforme la documental acompañada y que obra en estos autos, la Lista ROJA Y BLANCA ha cumplimentado en tiempo y forma con todos y cada uno de los requisitos requeridos por el artículo 26º de la Ley 26.571 y sus reglamentaciones.
Que, por todo lo expuesto y lo dispuesto en las normas legales citadas, corresponde admitir el pedido y oficializar la lista de precandidatos presentada ante esta Junta Electoral.
Que, por todo ello, en virtud de las facultades conferidas por el Reglamento Electoral vigente, por unanimidad,
LA JUNTA ELECTORAL DE LA
ALIANZA “UNION PARA EL DESARROLLO SOCIAL”
RESUELVE
I.- OFICIALIZASE la lista de precandidatos a Diputados Nacionales, denominada “ROJA Y BLANCA”, para participar en las elecciones primarias abiertas, simultáneas y obligatorias del 14 de agosto de 2011 por la Alianza Electoral Transitoria “UNION PARA EL DESARROLLO SOCIAL” y que está conformada por la nomina de precandidatos que como Anexo I se adjunta y es parte integrativa de la presente Resolución, asignándole a tal efecto el número de identificación Letra “A” número 503. (A503).
II.- Tener por apoderados de la Lista a los señores, Bernardo Eugenio Rodríguez, D.N.I. Nº 20.086.634 y Hugo Alberto Bagliani, D.N.I. Nº 18.133.537 y por constituido domicilio especial en calle Chaco Nº 916 Dpto. 4to. “A”, .de la ciudad de Corrientes.
III. Tener por designado responsable económico financiero de la Lista al Señor Miguel Angel Pucciariello, D.N.I. Nº 13.249.591 y domicilio constituido en calle Córdoba Nº 1.463 de la ciudad de Corrientes.
IV. NOTIFIQUESE en forma personal en el Domicilio de la JUNTA ELECTORAL, y/o en el domicilio especial constituido a los efectos por la LISTA ROJA Y BLANCA.
V.- PUBLÍQUESE, la presente Resolución en la página oficial de la Alianza UNION PARA EL DESARROLLO SOCIAL: www.udesoctes.blogspot.com,
VI. REMÍTASE testimonio de la presente, una vez que se encuentre firme, al Señor Juez Federal con competencia electoral del distrito, en el plazo y a los efectos previstos en el artículo 30 de la Ley 26.571.




Silvia Adriana Casarrubia Laura Inés J. Prieto Fabián Alfredo Darré
Secretaria Vicepresidente Presidente


Juan José López Desimoni Graciela Raquel Rodríguez
Miembro Miembro


EL APODERADO DE LA LISTA SE HA NOTIFICADO PERSONALMENTE EN EL DOMICILIO CONSTITUIDO POR LA JUNTA ELECTORAL DE LA ALIANZA SITO EN 25 DE MAYO Nº 1232, EN EL DÍA DE LA FECHA A LAS 20,00 HS.

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